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  • 13-12-2019

Corte ordena pagar indemnización de $270.000.000 por muerte de trabajador en accidente laboral

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Importadora de Equipos Médicos Limitada –Isolab– a pagar una indemnización total de $270.000.000 (doscientos setenta millones de pesos) a la cónyuge e hijos de trabajador que perdió la vida al caer en foso de montacargas, en enero de 2015.


En fallo dictado el pasado 26 de noviembre, causa Rol N°4.112-2018, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Soledad Melo Labra, Jessica González Troncoso y Rafael Andrade Díaz– estableció la responsabilidad de la empresa en el accidente laboral que causó el deceso de Sergio Antonio Garramuño Romero.


“Que de lo hasta aquí señalado, resulta que se encuentra acreditado que el accidente sufrido por el trabajador señor Garramuño, que derivó en su muerte, es consecuencia directa y necesaria de la omisión culposa de la demandada, de manera que sin su concurrencia, necesariamente no se habría producido”, sostiene el fallo.


Resolución que agrega: “En efecto, no existió de parte del empleador el cuidado necesario para la seguridad de sus trabajadores, no se procuró un procedimiento de uso del tantas veces aludido montacargas, tampoco instrucción a los trabajadores de los riesgos que conlleva su utilización y la manera adecuada de uso. Por otra parte, se advierte la omisión imputada, en la circunstancia que el montacargas no contaba con elementos de iluminación, el tablero estaba en el interior, en fin, carecía de los elementos de seguridad que fueron observados por el informe técnico a que se ha aludido precedentemente”.


“(…) conforme lo dicho, se encuentran acreditados los supuestos de la responsabilidad extracontractual, esto es la existencia del accidente laboral sufrido por el trabajador señor Garramuño, la negligencia o culpa del empleador al omitir el cumplimiento de medidas tendientes a la protección de sus trabajadores, en especial sobre seguridad y procedimiento del uso de montacargas, y la relación de causalidad entre el accidente sufrido y la negligencia observada”.