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  • 12-01-2013

EL DELINCUENTE MAS CERCA DEL LEGISLADOR, DETERMINA LA PENA

Mientras realizaba mis estudios de derecho en España, recuerdo la frase de un profesor: "mientras más cerca esté el delincuente del legislador, menos pena tendrán sus delitos".

El hurto es la apropiación de cosa ajena con ánimo de señor o dueño, sin que haya violencia o intimidación en las personas. Por ejemplo, yo veo una bicicleta en la calle que vale supongamos ($ 1.500.000), la tomo y me la llevo, apropiándomela. La pena será presidio menor en su grado medio, es decir, una pena que va entre 541 días a tres años. Por cierto que me refiero al marco penal, y no a la prognosis de pena en un caso concreto, con atenuantes y agravantes que concurren.

En el caso del cohecho, en que el empleado público que solicitare o aceptare recibir mayores derechos de los que le están señalados por razón de su cargo, o un beneficio económico para sí o un tercero para ejecutar o por haber ejecutado un acto propio de su cargo en razón del cual no le están señalados derechos, será sancionado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo, es decir, 61 días a 540 días.

Y así, suma y sigue.

Supongamos que yo soy un funcionario público que debo hacer algo, y recibo, digamos que un millón de dólares por apurar el timbraje de documentos que igual debo timbrar o apurar la tramitación de algunos documentos. Para que sea razonable el caso, en el evento que yo retrase el timbraje o tramitación, digamos que tres meses, la empresa perdería 10 millones de dólares. Pues arriesgo una pena de 61 días a 540 días. Podría también ser el caso, que retrasar la tramitación acarreara beneficios a la empresa y, se me pagara, por demorar o atrasar lo que debo hacer.

Lo anterior es precisamente lo que puede hacer un legislador o un Ministro de Estado, apurar o hacer más lenta la tramitación de las leyes, decretos, resoluciones o presionar para que algún trámite se agilice o para que se demore, y así, suma y sigue las similitudes con la realidad.

Ahora, supongamos que la bicicleta que hurté es exclusiva, diseño único, aleaciones de primer orden y vale $ 19.000.000, ahí la pena que arriesgo será entre tres años y un día a cinco años.

¿Por qué en el delito de cohecho, no se gradúa la pena, como en el delito de Hurto? Por ejemplo, si el monto de lo percibido por el funcionario público excede de 400 UTM, la pena será de presidio menor en su grado máximo. Ahí al menos se equipararía el hurto al cohecho.

En mi opinión, el funcionario público que comete cohecho debiera tener más pena que el que hurta, y se debiera graduar su pena de acuerdo al valor del beneficio obtenido, considerando el beneficio económico para el funcionario y para el que ofrece la coima.