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  • Rebeca Zamora Picciani
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  • 24-11-2020

NO ESTAMOS TODAS...

Este 25 de noviembre se conmemora un nuevo día mundial de la violencia contra las mujeres. Millones de mujeres saldrán a las calles a marchar para recordar a todas aquellas que no están y han sido víctimas de distintas formas de violencia. Trata de personas, tráfico de inmigrantes, agresiones sexuales, femicidios, han calado hondo en nuestra sociedad y generado demandas sociales por leyes que se preocupen de prevenir y sancionar estos delitos. En efecto, no basta solamente mayores castigos, sino que se requiere contar con educación y programas que promuevan la prevención de estas figuras, poniendo énfasis en la protección y no solo en la restauración.

El estándar es cada vez mas elevado y hay una serie de situaciones y formas de violencia que se han ido haciendo mas patentes y reconocibles. No es que no existieran, sino que hasta hace un par de años, la violencia de género quedaba reducida a conflictos en el ámbito privado, como temas incómodos y de difícil conversación y divulgación. En este sentido, no puede dejar de reconocerse que la Ola Feminista que resurge en 2016 con el movimiento “Me Too” ha permitido con mas fuerza visibilizar una realidad que como sociedad nos fragmenta: se mata a mujeres por el solo hecho de serlo.

La violencia traspasa generaciones y comienza en las primeras etapas de la vida, haciendo patente que una mujer será discriminada a lo largo de ella por distintas razones y sufrirá distintos castigos, hasta en un crédito hipotecario y los intereses que va a pagar. Pero, lo que es mas grave, tendrá mayores probabilidades de sufrir ataques sexuales o morir asesinada por una pareja, solo por su género.

Este año, esta conmemoración nos encuentra en lo que esperamos sea la salida de una de las pandemias mas desastrosas de nuestra historia. Esto es relevante porque, dentro de otras materias, se ha hecho evidente el aumento de denuncias por violencia de género. En efecto, el confinamiento puso a muchas mujeres en situación de convivencia permanente con sus agresores, reduciéndose las posibilidades de denuncia. Incluso conocimos de al menos dos casos en que mujeres denunciantes de agresiones sexuales eran detenidas por incumplimiento de medidas sanitarias, justamente cuando se dirigían a hacer sus denuncias. Si bien se implementaron medidas gubernamentales para permitir la denuncia (Mascarilla-19), no se conoce su efectividad ni los mecanismos de capacitación que recibieron quienes actuarían como receptores de denuncias.

Pero hay un aspecto especialmente preocupante y cuyos efectos desconocemos aun y seguramente solo podremos evaluar en un par de décadas. La mayoría de los abusos sexuales infantiles (“ASI”) ocurren por personas cercanas a las víctimas, abusando de confianza y cercanía o derechamente del parentesco. Si muchas niñas y niños han estado en confinamiento con sus agresores, los efectos de esos abusos a nivel estadístico, con suerte podremos conocerlo cuando estos niños y niñas hagan el develamiento. Lamentablemente, la evidencia muestra que las personas víctimas de ASI pueden tardar décadas en hablar. De allí que se celebre la reciente ley que declara estos delitos contra menores como imprescriptibles. Ello no es consuelo para quien es víctima de abuso, pues verá mermados distintos aspectos de su vida en forma irreparable, pero al menos elimina la impunidad que era frecuente en estos casos.

En retrospectiva, es cierto que han existido importantes avances para regular la materia. Sin embargo, la tramitación de proyectos como el que establece el derecho a una vida libre de violencia, que establece un estatuto completo de prevención asociado a políticas públicas en la materia, el control telemático de las medidas cautelares, que ataca una de las principales debilidades en materia de protección, o la Ley Pack, que sanciona a quienes difunden imágenes íntimas a terceros o en redes aun cuando se hubieran entregado de manera consentida, han tardado mas de lo debido y hecho mas patentes las deficiencias del sistema.

Asimismo, es cierto que la aplicación de la denominada Perspectiva de Género en el Derecho ha ido ganando reconocimiento en materia judicial. Sin embargo, recientemente un fallo de la Corte Suprema mostró que en materia laboral, verdaderos hechos de acoso pueden ser conductas indebidas, pero insuficientes para la configuración de un ilícito de mayor gravedad. Este tipo de precedentes únicamente contribuyen a inhibir la denuncia.

Queda mucho camino por recorrer y sin duda muchas cuestiones que corregir. Pero muchas tenemos la creencia y esperanza firme de que se ha iniciado el camino debido, reconociendo y trabajando unidos por erradicar toda forma de violencia contra la mujer.