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  • María Soledad Alonso
  • 1105 lecturas
  • 13-05-2020

ALERTA LEGAL: NORMATIVA, NOTICIAS Y COMUNICADOS COVID-19

17/04/2020
Se dicta nuevo “Instructivo Cuarentena” actualizado al 20 de abril de 2020 firmado por los Ministros del Interior y Seguridad Pública y Defensa Nacional.

Resumen de permisos temporales. Versión anterior publicada en Newsletter Nº 10.

¿Dónde rige?

En todas aquellas zonas, comunas, provincias y/o regiones que hayan sido declaradas por la Autoridad Sanitaria afectas a cuarentenas territoriales y/o a la medida de cordón sanitario. Respecto de los toques de queda, será aplicable lo dispuesto por los Jefes de Defensa Nacional.

¿Qué autoriza?

Autoriza a las personas para realizar actividades fundamentales y abastecerse de los bienes y servicios esenciales.

¿Dónde y cómo se solicita?

Se puede solicitar de manera remota en el portal comisariavirtual.cl, ingresando con clave única o RUT y número de serie (o verificador)

Características

- Sólo puede solicirarse directamente por quien se trasladará de un lugar a otro, en cualquiera de los casos que se indican a continuación.

- Son personales, únicos e instransferibles y pierden su vigencia una vez vencido el plazo por el cual fueron otorgados.

- En caso de personas con discapacidad o adultos mayores no valentes, pueden realizar la actividad en compañía de otras persona.

- Los trámites autorizados a través de este permiso sólo pueden realizarse por una persona.

- No pueden utilizarse como salvoconducto al decretarse la medida de toque de queda por autoridad.

Se otorga este tipo de permisos por el tiempo indicado en cada uno de los siguientes casos:

- Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud por hora concertada con anterioridad y/o tratamiento médico. El solicitante deberá indicar el nombre del médico que lo atenderá, el horario de atención y el establecimiento o lugar de la misma. Se puede ir con un acompañante. Duración: 12 horas.

- Asistencia a farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de venta de insumos básicos. Duración: 3 horas.

- Salida de persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental.  Sea de origen psíquico o intelectual, con su respectivo cuidador o acompañante, quienes deberán exhibir a la autoridad fiscalizadora la Credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad del Registro Civil o Certificado Médico que indique el Diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado con el número de la cédula nacional de identidad de la persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental. Duración: 2 horas.

- Pasear mascotas o animales, con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. Duración: 30 minutos.

- Pago de servicios básicos; cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía; y gestiones bancarias o notariales. Sólo podrá ser solicitado de lunes a viernes.  Duración: 3 horas.

- Retorno al lugar de residencia habitual desde un lugar que se encuentra sujeto a una medida que restrinja la libre circulación de las personas que haya sido decretada por la Autoridad Sanitaria. La autorización de tránsito se otorgará sólo por 24 horas, debiendo la persona a su llegada cumplir cuarentena obligatoria por 14 días.

- Asistencia a funerales de familiares directos. Duración: 5 horas si reside en la misma región del funeral. 24 horas si el funeral es en otra región.

- Retiro de alimentos, textos y/o artículos tecnológicos para fines escolares desde organismos públicos, tales como JUNAEB, establecimientos escolares u otros. Duración: 6 horas.

- Comparecencia a una citación a la que un abogado u otra persona deba concurrir en virtud de la ley. El solicitante deberá adjuntar copia de la citación judicial respectiva. Duración: Hasta el cumplimiento de la gestión.

- Llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores. Evitando el contacto directo o físico. Duración: 2 horas.

- Llevar a recintos penitenciarios, de acuerdo a las reglas dispuestas por Gendarmería de Chile, alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad. Duración: 3 horas.

- Cambio domicilio/mudanza. Duración: 24 horas, por una sola vez.

- Traslado de niños, niñas o adolescentes menores de 18 años entre las casas de sus padres o tutores, conforme al acuerdo existente entre el padre, madre y/o los encargados del cuidado personal, según corresponda, o de conformidad al régimen de relación directa y regular establecido en la resolución emanada del respectivo tribunal competente. Lo anterior, a menos que: (i) el padre, madre o familiar que viva en el lugar presente síntomas; o, (ii) el niño, niña o adolescente presente síntomas. El solicitante (padre, madre o cuidador) deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los padres o del cuidador o los cuidadores encargados del cuidado personal y del niño, niña o adolescente, los domicilios de estos y tiempo de visita.

- Permiso para ejercer el derecho del niño, niña o adolescente menor de 18 años de mantener relaciones personales y contacto con sus padres o él o los encargados del cuidado personal, cuando no existiere un régimen de relación directa y regular establecido con anterioridad, sujeto a las mismas restricciones señalados precedentemente. Este permiso se podrá solicitar sólo por una vez a la semana indicando el tiempo de visita acordado por el padre, madre o él o los encargados del cuidado personal. Para efectos del otorgamiento de este permiso, el solicitante (padre, madre o cuidador) deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los padres o el o los cuidadores, el del niño, niña o adolescente, los domicilios de estos y el tiempo de la visita

- Otros casos que la autoridad competente fundadamente autorice.

Vigencia

Desde el 17 de abril de 2020

Texto completo Instructivo Desplazamiento: doc_307_200515020521.PDF


20/04/2020
Dictamen Nº 8.113 de la Contraloría General de la República

La CGR emite un pronunciamiento en el sentido que no procede la entrega de datos sensibles de salud relativo al diagnóstico de pacientes Covid-19 a las Municipalidades.

Ver Dictamen completo: https://www.contraloria.cl/pdfbuscador/dictamenes/008113N20/html


05/05/2020
Dictamen Nº 4.798 de la Contraloría General de la República acerca del contrato de arriendo de “Centro de Eventos Espacio Riesco” para atención sanitaria por Covid-19

La Contraloría a través de este dictamen se pronuncia positivamente acerca de la legalidad del proceso de arrendamiento del inmueble denominado “Centro de Eventos Especio Riesco”, el cual lleva a cabo la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, a fin de adecuarlo como recinto para atender a personas enfermas con el virud Covid-19.

Establece que debe realizarse a través de un acto fundado y observando los principios de eficiencia, eficacia y economicidad.

Ver dictamen completo: doc_307_200515020556.PDF


07/05/2020
MINSAL aprueba venta de medicamentos por internet.

La normativa busca provocar una ruptura de monopolios que manejan la oferta farmacéutica y regular un mercado que antes no estaba sujeto a normativa. Permite que haya más actores en el mercado como farmacias pequeñas interesadas en emplear el comercio electrónico.

¿Qué requisitos se requiere?

- Farmacias o almacenes farmacéuticos deben contar con autorización de instalación y funcionamiento (tanto el sitio web como el servicio de despacho, que puede ser propio o de terceros).

- El sitio web en que se realice la transacción deberá informar al usuario: 1) Nombre del producto farmacéutico; 2) Principio activo bajo denominación común internacional; 3) Adjuntar fotografía del producto; 4) Informar precio del remedio por unidad y por envase.

- Los precios deben informarse de forma clara y oportuna, con prohibición de usar expresiones que induzcan el uso de un determinado producto por sobre otro o que impida su comparación.

- Quienes realicen venta vía web están obligados a tener disponibilidad permanente y ofrecer alternativas bioequivalente, además de dar opción de compra fraccionada de medicamentos.

Receta

- Podrán comercializarse medicamentos sin receta médica, con receta médica simple y retenida, que puede ser electrónica o una copia digitalizada de la prescripción médica.

- En caso de venta de medicamentos con receta retenida, la persona deberá entregar la receta física al momento de la entrega del producto.

Ver más: https://www.minsal.cl/ministerio-de-salud-autoriza-venta-de-medicamentos-por-internet/

Texto completo: doc_307_200515020515.PDF


08/05/2020
CMF informa cambios a norma sobre acreditación de conocimientos.

Se modifica NCG Nº 412 para incorporar a los corredores de bolsa de productos como sujetos obligados a acreditarse. Adicionalmente, por el impacto del Covid-19, se flexibilizan ciertas exigencias de la NCG Nº 412 a efectos de posponer o modificar su forma de cumplimiento. 

Ver texto completo: ncg_439_2020


08/05/2020
Biblioteca del Congreso Nacional actualizó explicación sobre la paridad de género e independientes en el proceso constituyente.

Informa a través de una ficha explicativa la paridad de género para el órgano constituyente en caso de que se abra el proceso para redactar una nueva carta fundamental.

Ver Ficha: doc_307_200515020517.PDF

Ver texto Ley 21.216: doc_307_200515020551.PDF


12/05/2020
CMF pone en consulta norma que simplifica el proceso de inscripción de tíulos deuda.

Hasta el 22 de mayo se ha puesto en consulta una modificación normativa para simplificar el proceso de títulos de deuda a largo plazo, regulado en la NCG Nº 30. El objetivo es facilitar las opciones de financiamiento de empresas en el contexto del Covid-19, flexibilizando el proceso de inscripción de títulos de deuda a largo plazo. Se enmarca dentro del conjunto de otras medidas para hacer frente a la crisis sanitaria.

La propuesta elimina transitoriamente la obligación de incluir en la solicitud de inscripción aquellos antecedentes que: a) no tienen por finalidad acreditar que la emisión se enmarca dentro de las facultades conferidas por los socios o accionistas a los administradores o directores, y de éste órgano a su representante legal, y se ajusta al marco jurídico vigente; y b) aquellos antecedentes que pueden sufrir modificaciones con posterioridad a la inscripción y que deben remitirse a la Comisión antes de entregarlos al público inversionista.

Se espera que las entidades manifiesten su opinión sobre:

Conveniencia, viabilidad y real utilidad que presentaría el que la CMF mantuviera un contrato de emisión estándar que sirva para diversas emisiones que que quieran acogerse a dicho formato.

Qué disposición legal o normativa genera mayor costo, dificultad o barrera para emplear de manera eficiente el mercado regulado de valores

Qué riesgos, costos y beneficios se observan en cuanto a que la CMF no emita su pronunciamiento previo del prospecto de la NCG Nº 30, al momento de la inscripción, sin perjuicio de remitir dicho antecedente a la CMF antes de ponerlo a disposición del público.

Ver proyecto normativo completo: doc_307_200515020539.PDF


12/05/2020
Cámara aprueba veto al proyecto que concede un ingreso familiar de emergencia (Boletín Nº 13461-31)

El texto viene a reintegrar a la propuesta elementos que fueron eliminados en el trámite anterior y que refieren, en lo sustancial, a los montos y tramos que se aplicarán.

Ver más: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=13999&prmBOLETIN=13461-31


12/05/2020
Comunicado de prensa del Banco Central de Chile sobre aprobación de línea de crédito flexible para Chile por US$ 23.800 millones por el FMI.

- El acceso a esta línea permitirá complementar las reservas internacionales y aumentar en más de 60% la disponibilidad de liquidez de acceso inmediato.

- Se trata de una facilidad de carácter precautorio, reservada para países con muy sólidos fundamentos macroeconómicos y no está sujeta a condicionalidad ex post.

- Provee un respaldo significativo para enfrentar un eventual empeoramiento de la crisis global causada por el Covid-19.

Ver texto completo de nota de prensa: doc_307_200515020527.PDF


13/05/2020
Ministerio de Salud decreta cuarentena total para la ciudad de Santiago y seis comunas aledañas

La medida de aislamiento se implementará en las 32 comunas del Gran Santiago, además de San Bernardo, Buin, Puente Alto, Padre Hurtado, Lampa y Colina. Se agregan Iquique y Alto Hospicio. Regirán desde el viernes 15 de mayo a las 22:00 horas.

Alrededor de la Región Metropolitana que se mantendrán en cuarentena se establecerán aduanas sanitarias para limitar el tránsito y disminuir el riesgo de que la infección se difunda a otros lugares.

En la común de San Antonio, en la V Región, se establecerá un cordón sanitario, donde se restringirá el ingreso y salida de la localidad desde el viernes a las 22:00 horas.

Las personas mayores de 75 años o más, deben guardar cuarentena obligatoria, ampliándose así el aislamiento de las personas mayores de 80 años.

Se levantará la cuarentena vigente en la zona urbana de Arica y en las comunas de Angol y Victoria, en la Araucanía.

Ver más: https://www.minsal.cl/ministerio-de-salud-decreta-cuarentena-total-para-la-ciudad-de-santiago-y-seis-comunas-aledanas/

Texto completo cuarentena total: doc_307_200515020527.PDF

Definiciones actualizadas al 13/05/2020 de Cuarentena, Aduanas Sanitarias, Cordones Sanitarios, infracciones a estas normas y Pasaporte Sanitario.

Ver en: https://www.gob.cl/coronavirus/plandeaccion/


13/05/2020
Congreso aprueba reforma constitucional que entrega a órgano externo reducción de rentas de autoridades políticas.

Por unanimidad la Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta recaído en la reforma constitucional que entrega a órgano externo (Consejo de Alta Dirección Pública). Se decidió que la fijación de las remuneraciones de las máximas autoridades políticas las realice transitoriamente dicho Consejo y de manera permanente una Comisión Técnica, constituida por cinco miembros del más alto nivel, designados por el Presidente de la República con acuerdo de 2/3 del Senado.

Ver texto completo moción, discusión y análisis: https://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=9304-07